Nuevos plazos para instrumentación de los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo
El Poder Ejecutivo aprobó modificaciones al Decreto N.º 127/014 del 13 de mayo de 2014 que preveía un plazo de cinco años

Para que todas las ramas de actividad cuenten con Servicios de Salud y Prevención en el Trabajo.
En el ámbito de la Comisión Nacional de Seguridad Social y Salud en el Trabajo (CONASSAT) y tras la constatación de que no todas la empresas han podido instrumentar la obligatoriedad, se acordó establecer una prórroga de 18 meses a partir de la entrada en vigencia del nuevo decreto. Ver Decreto
De esta forma, para aquellas empresas con más de 300 trabajadores es obligatorio contar con un Servicio de Salud y Prevención en el Trabajo desde el pasado lunes 13 de mayo de 2019 pero contarán con un plazo de 180 días para su puesta en funcionamiento, informó la Sub Inspectora General de Trabajo y Seguridad Social, Dra. Cristina Demarco
En el caso de las empresas de 50 a 300 empleados, quedará sujeto a resolución de la CONASSAT su incorporación según rama de actividad y riesgo, agregó.
Por su parte, a las empresas de 5 a 300 empleados se les otorgará una prórroga de 18 meses para el cumplimiento de la norma.
Demarco subrayó que el Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo deberá estar integrado a la gestión de las empresas.
"No es que deba tener un médico especialista en salud ocupacional y un prevencionista en cada local, sino que el servicio debe estar incorporado a la estructura de la empresa, con disponibilidad y capacidad operativa suficiente para atender las funciones que la normativa le asigna", señaló.
La jerarca informó, por otra parte, que a las actividades ya incorporadas dentro de la obligatoriedad se decidió por decreto agregar a los subgrupos Nº 01 y Nº 02 del Grupo 02 "Industria Frigorífica" y del Grupo 08 "Industria de productos metálicos, maquinaria y equipo".
Demarco destacó que tanto el Decreto 126/2019, así como la incorporación de las ramas de actividad que ya poseen servicios de seguridad y salud (y las que ingresen en el futuro), fueron producto del consenso alcanzado en la CONASSAT, integrada por el Ministerio de Trabajo, el PIT CNT, la Cámara de Industria y Cámara de Comercio, el BSE, el BPS y el Ministerio de Salud Pública.
Fuente: www.mtss.gub.uy