Se extiende el beneficio de reducción total del IVA
Para turistas no residentes
El Poder Ejecutivo manteniendo su visión de que la actividad turística aún se encuentra en proceso de recuperación, y teniendo en cuenta la coyuntura regional e internacional, ha decidido mantener esta herramienta de promoción y mejora de la competitividad internacional del destino Uruguay.
La normativa establece que se reduce en su totalidad la tasa del Impuesto al Valor Agregado aplicable a las operaciones comprendidas, siempre que los adquirentes sean personas físicas no residentes y en tanto sean abonadas mediante tarjetas de débito o crédito, emitidas en el exterior o mediante pago con transferencia electrónica de fondos provenientes del exterior, siempre que intervenga un adquirente o una entidad de cobranza, residente en territorio nacional.
Operaciones comprendidas:
A) Servicios gastronómicos, cuando sean prestados por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, cafeterías, salones de té y similares, o por hoteles, moteles, apart hoteles, hosterías, estancias turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas, posadas de campo, casas de campo y camping hostels, siempre que dichas prestaciones no integren el concepto de hospedaje.
B) Servicios de catering para la realización de fiestas y eventos.
C) Servicios para fiestas y eventos, no incluidos en el literal anterior.
D) Arrendamientos de vehículos sin chófer.
Este beneficio se extiende hasta el 30 de abril de 2026.
Fuente: www.gub.uy/ministerio-turismo